La ley hebraica, prescribía en tiempos de Jesús, que el templo constituía el centro en donde convergían todos los hilos de la vida religiosa, social y sobre todo comercial del pueblo elegido; Jesús, en su andar diario, sacó violentamente, a látigos, a los mercaderes del templo, al mismo tiempo gritándoles iracundo: “LA CASA DEL PADRE, ES CASA DE ORACION, Y NO CUEVA DE LADRONES”, al tiempo que arremetía contra las mismas personas de la clase dominadores de la vida religiosa y mercantil de la Judea “RAZA DE VIBORAS”, “CIEGOS QUE GUIAN A OTROS CIEGOS”; “LOBOS RAPACES VESTIDOS CON PIEL DE OVEJA” y otros calificativos bien merecidos en contra de los fariseos, hipócritas por excelencia, con estos requerimientos y acusaciones, Jesús les daba a entender, y eso llegaban a sus oídos, que no eran las personas con la formación moral e intelectual para conducir religiosamente a un pueblo, el desalojo de los mercaderes del templo en la forma como lo hizo Jesús, las amonestaciones hechas por su manera de obrar, a la clase que detentaban el poder político y religioso en Judea, incubó en ellos, el odio, contra Jesús, a más que sus palabras y milagros se imponían en las masas, en toda Palestina, la hija de Jairo (Jairo fue un jefe de una Sinagoga o templo en Cafarnaúm), resucitada por Jesús, saltaba de la alegría y gritando por las calles de Cafarnaúm, «VIVO, VIVO» , los ciegos a quienes Jesús devolvió la vista, en igual sentido, «VEO, VEO», hechos de la que sintieron las autoridades eclesiásticas del momento que perturbaban y amenazaban sus intereses, humillaban el decoro y a la autoridad que presumían tener, en la que concluyó el Sanedrín, que si dejaban a Jesús continuar en ese camino, todo el pueblo de Palestina terminaría creyendo en él, y vendrían los romanos a terminar con sus poderes políticos y religiosos a ellos delegados, había que acabar con la vida de Jesús, la conducta seguida por el Sanedrín para concretar este fin, se puede identificar de un Homicidio de lo más grave, por haberse preparado con fríos cálculos. Su captura, un secuestro, porque al momento de su aprehensión en el huerto de Getsemaní, no se le había probado ningún delito que justificara ese procedimiento, el único delito que le atribuyeron fue en base a imaginaciones, suplantar al mesías esperado, porque no les cabía en la cabeza que Jesús podía ser ese mesías, siendo hijo de un carpintero, y nacido en Nazaret, tierra, donde nada nace bueno, de estos procedimientos previos arbitrarios del sanedrín, todo indica, que Pilatos los ignoraba, porque cuando se lo presentaron, de acuerdo al interrogatorio que le hace, así lo dio a entender, “¿Quién eres?, ¿Por qué te han traído ante mí?, ¿de verdad eres el hijo de Dios?”, tú lo has dicho, en términos lacónicos respondía Jesús, “Mi reino no es de este mundo”; a nivel probatorio del que he llamado, infamia judicial contra Jesús, sólo hubo interrogatorios, y hechos a Jesús, ningún testigo a lo largo del proceso, fueron llamados a declarar, que es lo mínimo, como derecho de defensa puede tener todo reo de un delito, mas tratándose de inocentes, y peor aún, para la época imperaba el sistema de la tarifa probatoria, era a través de dos testigos mínimos que se tenían que probarse los hechos criminosos y las responsabilidades de los autores y participes, repito, no se tiene la más mínima información histórica, que en contra o a favor de Jesús, en el curso de este infame proceso, haya prestado testimonio por lo menos una sola persona y menos, que fueran dos, para que de esta manera tuviera validez legal las acusaciones, a Pilatos sólo le llevaron la denuncia temeraria hecha por los conjurados (Sanedrín) a más de la denuncia, el interrogatorios al mesías por Pilatos, no hubo más pruebas, de nada valió estas situaciones, poco importó el principio de inocencia.
Y los más ignominioso de todo el procedimiento, lo fue al declarar Pilatos inocente a Jesús, “NO VEO CULPA EN ESTE HOMBRE”, las sentencias absolutorias o de condena las dictaba el procurador romano, oralmente, recuérdese que para ese tiempo regia el método de procesamiento acusatorio, del que predomina la oralidad, todas las actuaciones del proceso, son orales, más para los delitos susceptibles de condenas a muerte, y así lo cumplió Pilatos, el proceso terminó al dar a conocer Pilatos públicamente esta decisión, y le asistió razón a Pilatos, sino se le presentó pruebas para que basadas en ellas le hubiera permitido proferir un fallo de condena, su percepción como fue la correcta, fue la de absolverlo de todo cargo, y del significado de sus palabras así se deduce con claridad; «NO VEO CULPA EN ESTE HOMBRE» , lo que vino después fueron vías de hecho o extralegales, el proceso había terminado, y los procesos se terminan con las sentencias (res judicata, así llaman hoy los juristas a casos judiciales ya cerrados).
Tal como lo señala el jurista y escritor italiano Antonio Quartulli, al final de su conferencia dictada en el Ateneo de Roma, y en la que he basado estos artículos; la cruz del Gólgota, levantada por el delito (fue un homicidio), lejos de construir el deshonor de la justicia, reclama, por contraste, aquella dramática poesía grande y profunda que Jesús irradió en el curso de su vida terrena y que perdurará hasta cuando el género humano haya convertido en carne de su carne y sangre de su sangre la esencia divina de la nueva ley, compendiada en las palabras supremas del amor y del perdón.