Recientemente la Corte Constitucional declaró ajustado a la constitución el requisito de idoneidad para ejercer la profesión de abogado, exigido a los graduados en derecho que iniciaron estudios después de junio de 2018. El demandante pretendía que dicho requisito se aplicara incluso a quienes ya se graduaron, alegando el derecho a la igualdad.
La Corte negó esas pretensiones amparando la libertad de escoger profesión u oficio que tienen todas las personas y destacando el propósito de la norma, cual es requerir títulos de idoneidad para una actividad que puede representar un “riesgo social”. Aunque la Corte puso punto a la discusión sobre la aplicación de la Ley, sigue latente la incertidumbre acerca de la idoneidad de esa disposición y el qué hacer frente a los problemas éticos que adolece la abogacía.
Las carencias de la profesión no solo están en los litigantes, otros campos de acción del derecho como la administración pública, asesorías o el sector empresarial se han visto involucrados en escándalos por faltas a la ética.
La regulación que debe tener la profesión debe ir más allá de un examen de Estado. Los controles tendrían que estar encaminados a exigir a las universidades que ofrezcan un nivel académico de alta calidad, requiriéndolas para que quienes acceden al título sean estudiantes que den garantías de responsabilidad frente al ejercicio, teniendo en cuenta que ésta es una de las actividades que demanda mayor compromiso social, pues de su gestión depende la garantía de los derechos fundamentales.
Hay que fortalecer la cátedra de ética e institucionalizarla como una forma de vida, porque la ausencia de la ética y los valores al momento de ejercer el derecho, sumerge al país en un mar de corrupción.