Si hay un problema que a diario tienen que vivir los colombianos, gracias a la inoperancia del sistema, es recibir el servicio de atención en salud, consagrado como un derecho en nuestra Constitución, y todo gracias a la politización que se dio a la misma luego de la aplicación de la ley 100.
El sistema de salud en Colombia prácticamente colapso y se encuentra en cuidados intensivos, hasta el punto que no es raro ver las enormes colas de los usuarios, “mendigando” una cita médica a las puertas de su EPS todas las mañanas.
Y no se diga cuándo lo que se requiere es una cita con especialista, pues la misma puede durar meses y meses para lograr su atención.
Pero si el requerimiento es quirúrgico, la situación puede ser aun más complicada para logar su aprobación pese a que para la misma, media un concepto médico que debe considerarse como prioritario.
Se han dado casos en los que el afiliado muere a la espera de una respuesta por parte de su EPS para la práctica de una cirugía.
Por eso es bueno que los colombianos sepan cuáles son sus derechos en materia de salud y que a continuación se los damos a conocer para que tengan conocimiento de los mismos.
– Que atiendan con prioridad a los menores de 18 años.
– Que en caso de urgencia, sea atendido de manera inmediata, sin que le exijan documentos o dinero.
-Recibir por escrito las razones por las que se niega el servicio de salud.
-Que solamente le exijan su documento de identidad para acceder a los servicios de salud.
-Ser orientado respecto a la entidad que debe prestarle los servicios de salud requeridos.
-Recibir un trato digno sin discriminación alguna. Que le informen dónde y cómo pueden presentar quejas o reclamos sobre la atención en salud prestada.
-Tener protección especial cuando se padecen enfermedades catastróficas y de alto costo, sin el cobro de copagos. Que como cotizante le paguen las licencias y las incapacidades médicas.
– Obtener información clara y oportuna de su estado de salud, de los servicios que vaya a recibir y de los riesgos del tratamiento.
-Recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
-Ser informado sobre los costos de su atención en salud. Recibir una segunda opinión médica si lo desea y a que su asegurador valore el concepto emitido por un profesional de la salud externo.
-Recibir servicios continuos, sin interrupción y de manera integral.
-Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mejor asistencia médica disponible.
-Ser incluido en estudios de investigación científica, sólo si lo autoriza Recibir o rechazar apoyo espiritual o moral.
-Que usted o la persona que lo represente acepte o rechace cualquier tratamiento y que su opinión sea tenida en cuenta y respetada
-Que se mantenga estricta confidencialidad sobre su información clínica.
-Que le autoricen y presten los servicios incluidos en el Plan de Beneficios de manera oportuna, si requiere un servicio que no esté incluido, también lo puede recibir.
Ahora que ya conoce sus derechos, téngalos en cuanta la próxima vez que utilice los servicios de su EPS y no dude en hacerlos valer, porque el derecho a la salud está consagrado en nuestra Constitución y está considerado como un derecho vital.
Pero así como tenemos derechos, también tenemos deberes que cumplir los cuales les estaremos dando a conocer en nuestras próximas ediciones.