El mandatario asegura que el fallo a su favor ratifica su postura de no haber sido nunca amigo del paramilitarismo. Su defensa la dejó en manos de Dios y del abogado Alfredo Sotomayor Támara.
El Despacho Segundo de la Unidad Delegada ante la Corte Suprema de Justicia resolvió precluir la invesigación que se le adelantaba al Gobernador de Sucre, Édgar Martínez Romero, por los delitos de homicidio agravado y secuestro simple agravado.
Además de decretar la prescirción penal a favor de Martínez Romero en relación con el delito de concierto para delinquir agravado.
Los hechos por los que la Fiscalía investigaba al mandatario se remontan al año 2003. Al parecer el hoy gobernador habría asistido junto con otros políticos a una reunión con el entonces comandante paramilitar del Bloque Héroes de los Montes de María, Rodrigo Mercado Peluffo, alias ‘Cadena’, a la finca El Despeje para definir quién sería el próximo gobernador de la época.
Según el ente acusador, allí estaba secuestrado Álvaro Enrique Meriño Erazo, que tiempo después fue asesinado.
Por su parte, los alegatos de la defensa de Édgar se afincaron en que no había elementos probatorios para involucrar a su cobijado judicial. Asimismo que los desmovilizados que rindieron declaración faltaban a la verdad porque sus declaraciones eran incoherentes.
También sustentó su petición en que Edwar Cobos Tellez, alias ‘Diego Vecino’, jefe político de las AUC, manifestó en una ocasión que no tenía conocimiento de que la organización prestó apoyo político a Edgar Martínez Romero.
El despacho ordenó archivar la diligencia.