Mediante resolución 14778 expedida el pasado 11 de este mes la Registraduría nacional del Estado Civil, estableció el calendario electoral para el año 2019 año en el cual habrá elección popular de alcaldes, gobernadores y diputados, concejales y ediles o miembros de juntas administradoras en Colombia.
De acuerdo con el documento el próximo 27 de octubre se inicia la inscripción de ciudadanos que deseen hacerlo porque quieren cambiar de su sitio habitual de votación o porque han cambiado su lugar de residencia.
El 27 de abril del entrante año -2019- será la fecha límite para la ubicación de las mesas de votación creados hasta esa fecha.
Así mismo el 27 pero de junio, es la fecha límite para el registro de los comités de grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales y comités independientes que promuevan el voto en blanco.
En la misma fecha se hará la suspensión de incorporación de cedulas nuevas con el fin de iniciar la labor del listado definitivo de sufragantes que podrán ejercer su derecho en los comicios electorales.
Ese mismo día- el 27 de junio- se iniciara de manera formal la inscripción de candidatos a consejo, asamblea, alcaldía y gobernación.
El 27 de julio se dará inicio formal y de acuerdo a lo establecido por la ley -90 días antes de la fecha de los comicios- a la emisión de la publicidad electoral en espacio público.
Ese mismo día será dado a conocer el Censo Electoral para las elecciones, es decir las personas que formalmente habilitadas para ejercer el derecho al sufragio. En esta misma fecha los comandantes de las distintas fuerzas militares deben enviar los listados de las personas que deben ser excluidas del censo electoral.
Y en este mismo día será la fecha límite de la inscripción de candidatos a las diferentes corporaciones.
El 29 de julio, la Registraduría hará la petición formal de los listados a las entidades públicas, privadas, directorios políticos e instituciones educativas para la conformación de los jurados de votación.
El 31 de julio, los registradores municipales en coordinación con los alcaldes establecerán los sitios de votación en cada uno de los entes territoriales; este mismo día se da inicio a la publicidad en los diferentes medios de comunicación social.
El 2 de agosto es la fecha límite para la modificación de listas de los candidatos por renuncia o no aceptación de la postulación.
El 4 de agosto se hará la publicación de la lista oficial de candidatos a las alcaldías, gobernaciones, asambleas y concejos municipales.
En esta fecha la Registraduría enviara a la fiscalía y procuraduría, los listados de las personas inscritas para averiguar posibles inhabilidades de cualquiera de ellos.
El 27 de agosto se hará oficial la repartición de los espacios públicos gratuitos en los medios de comunicación para los partidos o movimientos políticos que estén participando en la contienda electoral.
El 13 de septiembre se dará a conocer la conformación de los delegados del Consejo Nacional Electoral.
El 27 de septiembre se conocerá las revocatorias de inscripción de candidatos por inhabilidad sobreviniente, constitucionales o legales o evidenciada con posterioridad a la inscripción.
El 4 de octubre se hará público la conformación de los delegados del Consejo nacional Electoral.
El 11 del mismo mes se realizara la conformación de los claveros y la conformación de las comisiones escrutadoras.
12 de octubre fecha límite para el sorteo de conformación y publicación de jurados de votación.
El 16 será la fecha límite para la inscripción de nuevos candidatos por muerte o incapacidad física de quien se hubiese inscrito de manera inicial.
25 de octubre entrega de credenciales a los testigos electorales, ese mismo día finalizan los espacios gratuitos en los medios de comunicación para los candidatos de los movimientos o partidos políticos inscritos.
El 26 de octubre se iniciara a partir de las seis de la tarde de la Ley seca.
El 27 de octubre será el día de las elecciones y ese mismo día después de las cuatro de la tarde el inicio de los escrutinios municipales, distritales y auxiliares
El 28 continuaran los escrutinios y se da por terminada la Ley seca y el 28 de octubre se iniciaran los escrutinios departamentales.
Este es el calendario electoral que operara, ahora falta ver que va pasar con el proyecto de ley que se está discutiendo en el congreso que pretende ampliar el periodo de los actuales alcaldes por dos años más.
Si esa propuesta es aprobada por el congreso y posteriormente avalada por la Corte Constitucional, entonces lo plasmado en la resolución de la Registraduría nacional será letra muerta.