
Los trabajadores de la Alcaldía de Tiquisio, sur de Bolívar, completan hoy 19 días de haber parado sus actividades y cerrar la sede de la alcaldía, para exigir el pago de cinco meses de salarios atrasados, lo que al parecer está provocando traumatismos entre los habitantes de esa población.
Los manifestantes aseguraron que por lo menos unos 55 empleados, entre ellos los de nómina y los de Órdenes de Prestación de Servicios (OPS), no están ejerciendo sus funciones porque nadie les responde por su pago salarial.
Uno de los secretarios de la Alcaldía indicó que desde que se inició el cese de actividades, han tratado de que el alcalde Fernando Carmona Pérez se siente con los trabajadores y lleguen a un acuerdo, para que los servicios en la Alcaldía se reactiven, pero ha sido imposible.
“El pasado 12 de noviembre se reunieron con el mandatario en la Personería y se comprometió a pagarles tres días después, a lo que ellos accedieron y abrieron nuevamente el Palacio Municipal, pero en vista de su incumplimiento decidieron cerrarlo nuevamente”, explicó el funcionario.
Agregó que dentro de los compromisos que hizo el alcalde, aparte de pagarles los salarios atrasados, estaba la entrega de los contratos de los trabajadores de OPS, quienes llevan varios meses trabajando sin firmar ningún documento que los vincule laboralmente con la Alcaldía.
Indicó que la mañana de ayer el tesorero municipal, Luis Carlos Ardila, se reunió con los empleados para informarles que les iba a cancelar dos meses de salario, pero que ellos debían endosarle el cheque para tratar de conseguir otros recursos para pagarle a los de contrato, sin embargo, no aceptaron.
Los funcionarios del Instituto de Cultura y Deporte (Incuder) también se unieron a la protesta, porque tampoco les han hecho las transferencias correspondientes a los meses de agosto, septiembre y octubre, y eso está afectando a unos 12 empleados.
La medida
Según la funcionaria, la medida se hará efectiva hasta cuando las alcaldías o en su defecto los alcaldes cumplan con las actividades relacionadas para el levantamiento de las mismas, y lo primero que deben hacer es remitir la evidencia de los traslados vía electrónica de los saldos correspondientes a la Participación de Propósito General (Libre Inversión, Libre Destinación, Deporte y Cultura) de las cuentas bancarias no autorizadas a la Cuenta Maestra registrada en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Igualmente, deben presentar una certificación bancaria de la apertura de la Cuenta Maestra pagadora, como lo indica el artículo 30 de la Resolución 0660 de 2018; participar en la capacitación virtual ofrecida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para las entidades territoriales y sus entidades descentralizadas, referente al manejo de las Cuentas Maestras. Y por último, presentar la certificación bancaria de la apertura de las Cuentas Maestras de las entidades descentralizadas.
Por esta medida, la entidad territorial deberá aplazar las apropiaciones presupuestales que se adelanten con cargo a estos recursos, y no podrá comprometer saldos por apropiar de los recursos sometidos a la medida de suspensión de giro. Una vez adoptada la medida, los actos o contratos que expida o celebre la entidad territorial con cargo a esos saldos de apropiación, serán nulos de pleno derecho y por lo tanto no producirán efectos legales.