LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE MAGANGUÉ, HACE PÚBLICO EL DECRETO NÚMERO 095, DEL 13 DE MARZO DEL 2020, POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS DE SEGURIDAD SANITARIA Y PREVENTIVA ANTE EL COVID-19 (CORONAVIRUS) EN EL MUNICIPIO DE MAGANGUÉ.

Que el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia, entre otras, dispone que toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad, así mismo, el articulo 95 ibídem, expresa en su numeral 2 lo siguiente; «Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas».
Decreto Municipal
Que la Ley 1751 del año 2015, en su artículo 5 reza; «El Estado es responsable de respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud» siendo esencia la protección al derecho de la salud en el Estado Social de Derecho.
Que la Ley 9 de 1979 de 2~Y de enero dicta medidas sanitarias, y en el artículo 489, dispone «El Ministerio de Salud o su entidad delegada serán las autoridades competentes para ejecutar acciones de vigilancia epidemiológica y de control de saneamiento de áreas portuarias, naves y vehículos» … es decir, siendo el Estado el garante, regulador en materia de salud y disposiciones necesarias para una adecuada higiene y seguridad en todas las actividades.

Que el Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social en el Parágrafo 1 de su artículo 2.8.8.1.4.3, indica que el Ministerio de Salud y Protección Social, como autoridad sanitaria del sistema de vigilancia en Salud Publica, debe adoptar las medidas pertinentes para la diseminación de una enfermedad o un riesgo extendido dentro de una comunidad o grupo en una zona específica.
Que el 9 de marzo de 2020 el Director Genera; de la OMS, recomendó con relación al COVID-19 que cada país de manera prematura adopte las medidas pertinentes para contrarrestar la propagación del virus.
Que de acuerdo a la Circular N° 005 de 2020 de 11 de febrero expedida por el Ministro de Salud y Protección Social (E) y la Directora General del Instituto Nacional de Salud dirigida para Gobernadores, Alcaldes, Secretarios de Salud Departamentales, Distritales y Municipales y Entes Territoriales del área de Salud, entre ellos, Operadores Portuarios y Aeroportuarios, basada en directrices para la detección temprana, el control y la atención ante la posible introducción del nuevo Coronavirus y la implementación de los planes de preparación y respuesta ante riesgo, el Ministerio de Salud de Protección Social y el Instituto Nacional de Salud en ejercicio de las facultades indicadas en el Decreto 4107 y 4109 del año 2011, así coma en el marco del Reglamento Sanitario Internacional RSI 2005, la Organización Mundial de la Salud el día 30 de enero de 2020 por la epidemiología presentada a nivel mundial por el Covid-19, Coronavirus imparte la preparación y toma de medidas de contención para la introducción del virus en el Territorio Nacional.
Que la Resolución N° 385 del 12 de marzo del año 2020, por medio del cual se declara la emergencia Sanitaria por causa del Coronavirus Covid-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus, por tal, se hace menester declarar la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional y establecer disposiciones para su implementación.
En atención a la emergencia sanitaria declarada por el Presidente de la Republica Iván Duque Márquez, y a las medidas adoptadas como consecuencia de la propagación del Coronavirus COVID-19 en Colombia, la Alcaldía del Municipio de Magangué y la Secretaria de Salud Municipal, deben prever las medidas pertinentes y necesarias que eviten la posibilidad de contagio del virus en todos los espacios sociales del Municipio.
En mérito de lo expuesto, la Alcaldía Municipal de Magangué;
RESUELVE
Artículo 1: Quedan aplazados todos los eventos masivos a realizarse en el Municipio de Magangué y sus corregimientos, que reúna más de 100 personas, dando cumplimiento a la medida adoptada por el Presidente de la Republica que ordena la cancelación de cualquier evento público a partir de la fecha, (12 de marzo de 2020) hasta el día viernes 29 de mayo de esta misma anualidad.
Artículo 2: Se ordena a los establecimientos de comercio y de mercados que implementen las debidas medidas de higiene en los espacios de contagios o superficies de contagio y opten por medidas de salubridad que faciliten a la población el acceso a sus servicios higiénicos, así como la de sus trabajadores.
Artículo 3: Se ordena a los establecimientos educativos, públicos y/o privados, medios de transporte públicos o privados, centros laborales públicos o privados, y demás, adoptar las medidas higiénicas y demás que correspondan para evitar el contagio y propagación del COVID-19.
Artículo 4: Estas medidas son de inmediata ejecución, tienen carácter preventivo, obligatorio y transitorio, por lo cual, de manera oportuna se informará sobre la reprogramación de la fecha de los eventos de afluencia masiva ya programados a realizarse en el Municipio de Magangué y/o sus alrededores, lo cual, quedará sujeto a los resultados que arroje las medidas de contención adoptadas por el Gobierno Nacional y a las nuevas directrices que imparta el Presidente República.
Artículo 5: Comunicar del presente Decreto a la Policía Nacional para su conocimiento. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.