De los proyectos de ley o de actos legislativos que tramita el Congreso de la República se suele decir a menudo que se sabe lo que entra pero no se sabe lo que sale al final para sanción presidencial. El proyecto de acto legislativo de la reforma política no ha sido la excepción. Tirios y troyanos coinciden en que lo aprobado es una verdadera colcha de retazos. Y entre retazo y retazo, entre los escombros de la demolición a la que quedó reducida la propuesta de Reforma Política y Electoral propuesta por parte de la Misión Especial que se derivo del Acuerdo final con las FARC, se coló un artículo mediante el cual se crea el Fondo de Inversiones de Iniciativa Congresional.
Este proyecto fue aprobado en volandas al filo de la media noche del pasado 16 de diciembre, el último día y hora del primer período de la primera legislatura que expiraba. El Ministro de Hacienda Alberto Carrasquilla, embebido en el trámite del bodrio en que terminó convertido el proyecto de ley de financiamiento, prefirió mirar para otro lado, siendo aprobado a los pupitrazos el proyecto de acto legislativo de la reforma política en su primera de dos vueltas.
La iniciativa partió de la Senadora del Centro democrático Paloma Valencia y en virtud de la misma el Congreso y los congresistas recobran la iniciativa del gasto que les esta vedada, pudiendo presentar y aprobar proyectos de inversión específicos, previo visto bueno del DNP, hasta la concurrencia del 20% del presupuesto anual de inversiones de la Nación. Las criticas no se hicieron esperar, dado que con ello se estarían reviviendo los execrados “auxilios parlamentarios” que tanto se abominan.
El más remoto antecedente de este endriago nos remite a la administración de Eduardo Santos, cuando siendo Ministro de Hacienda el ex presidente Carlos Lleras Restrepo, este, en su Memoria fechada en 1942, reprochaba el hecho de que el Congreso asumiera “año por año unas facultades de iniciativa que no les confiere la ley orgánica. Así, se introducen nuevos gastos, en forma desordenada, en un proceso complicado de inflación presupuestal, de reajustes, de repartos por diputaciones, de transacciones sobre las cantidades que a cada miembro de la comisión de presupuesto corresponde distribuir. Y ese proceso no solo es ilegal, sino arbitrario, caprichoso, anticientífico”. Añadía él que “la reforma más necesaria es, sin duda, la supresión de la iniciativa parlamentaria en materia de gastos públicos”.
Años después, ya como Presidente de la República, con el propósito de promover y aupar la disciplina fiscal, así como la eficiencia y eficacia del gasto público, a través de la reforma constitucional de 1968 le quitó al Congreso de la República la iniciativa del gasto. Pero el remedio resultó peor que la enfermedad, pues para que se la aprobaran le dio vida al engendro de los vitandos “auxilios parlamentarios”, los cuales devinieron en fuente de corrupción.
La Constituyente de 1991 quiso cortar por lo sano, para evitar que la gangrena de la corrupción corroyera el parlamento y proscribió los auxilios parlamentarios a través del artículo 355 de la Constitución Política. Pero, a poco andar, el lugar de los “auxilios parlamentarios” lo vinieron a ocupar los denominados “fondos de cofinanciación” y el “Fondo Interministerial”, lo más parecido a una vieja y funesta práctica en el Congreso de los EEUU y de otros países de habla inglesa, en donde los congresistas pueden acceder para su manejo discrecional a partidas del presupuesto conocidas con el remoquete del “barril de los cerdos”. Posteriormente los “fondos de cofinanciación” y el “Fondo Interministerial” mutan y se convierten en los “cupos indicativos” o los “recursos por regionalizar”.
Además de la distorsión presupuestal que han significado estas distintas modalidades de injerencia del Congreso y los congresistas en la asignación del presupuesto de inversión pública, ahora motejada como “mermelada”, tienen como hilo conductor la falta de transparencia y probidad en la ejecución de tales recursos. Lo que se censura no es el hecho mismo de que los parlamentarios gestionen recursos para que estos sean invertidos en sus regiones, sino la relación incestuosa entre gobierno y Congreso y el entramado corrupto al que han dado lugar.
La Corte Constitucional, en su Sentencia de exequibilidad de los “cupos indicativos” (C – 1168 de 2001), si bien considera que “no vulneran en sí mismo la Constitución, ya que constituyen legítimas partidas de desarrollo regional y no configuran entonces auxilios parlamentarios”, deja en claro que “no deben constituir instrumentos de desviación de poder”, que es justamente lo que se ha venido dando. De allí la reacción contra la “mermelada tóxica” en que se han convertido por parte de la ciudadanía y el desprestigio del Congreso de la República, que se debe en gran medida a los escándalos recurrentes que los han rodeado.
Ello explica el airado rechazo que ha recibido la aprobación por parte del Congreso de este Fondo, que revive los “auxilios parlamentarios”, so pretexto de que con él, según la Senadora Paloma Valencia, dizque “se garantiza el manejo transparente de las relaciones del Ejecutivo con el Congreso, elimina los auxilios parlamentarios y la mermelada y le devuelve al Congreso una de las funciones principales, que es el poder incidir en la manera como se gastan los recursos que pagan todos los colombianos” .
Ello va a contrapelo de la que sostuvo el Presidente Iván Duque con motivo de la aprobación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia del 2019: “con el apoyo del Congreso de la República se aprobó un presupuesto, en el que no hay ni un solo cupo indicativo; lo que demuestra que pueden llegar los recursos transparentemente a las regiones de Colombia” . Con lo que se acaba de aprobar por parte del Congreso de la República se está borrando con el codo por parte del partido de gobierno y del Congreso en pleno lo que el cándido Presidente Duque intenta hacer con la mano.
Bogotá, diciembre 22 de 2018
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