Al conceder el amparo de los derechos fundamentales – constitucionales al debido proceso, acceso a la carrera administrativa por meritocracia y a la igualdad solicitados por Lucio Miguel Bravo, -quien se presentó al concurso para cargo de personero de ese municipio-, y que habrían sido vulnerados por las decisiones emitidas por el Concejo del Municipio de Talaigua Nuevo; el juez de esa localidad suspendió la resolución No 7 expedida por la mesa directiva en diciembre del año anterior y le fijó un plazo de 48 horas a partir de la notificación de la sentencia para que decrete la nulidad de todo lo actuado desde el 13 de Diciembre del 2019.
Con esta decisión judicial del juez, Jesús Delgado Brito, queda sin piso todo el concurso que había sido adelantado por el Concejo municipal, tanto el que fungía el año anterior, como los que se posesionaron el pasado primero de enero, el cual al entender de muchos conocedores de la norma estaba plagado de vicios tanto de forma como de fondo.
Así mismo y para agravar la situación de los actuales concejales que ignoraron las medidas cautelares que habían sido ordenadas por el juez a finales del año anterior y trataron de escoger al nuevo personero del municipio entre solo dos candidatos – uno de ellos el anterior personero que aspira a la reelección, el juez ordena compulsar copias tanto a la Fiscalía del municipio de Mompox, como a la Procuraduría Provincial, por los presuntos delitos de prevaricato por acción y fraude a resolución judicial al no acatar la orden impartida por ese despacho con fecha 19 de diciembre del año anterior.
La escogencia del nuevo personero del municipio de Talaigua Nuevo, ha resultado toda una “película” en donde al parecer están prevaleciendo más los intereses políticos que el acatamiento a las normas establecidas por la Ley.
En la actualidad se está en investigación si la Corporación Universitaria de Nariño, sede Cartagena, con la que se realizó el convenio para la escogencia de los candidatos, estaba o no facultada por parte del ministerio de Educación nacional para adelantar este tipo de concurso de méritos y por qué sus resultados fueron impresos y entregados en unas simples hojas sin membrete alguno que avale su validez como lo establecen las normas.
Además, está en entredicho la metodología adelantada por ese centro universitario para adelantar el concurso de méritos y porque no se permitió el acceso al mismo a quienes tenían el libre derecho a aspirar al cargo.