Por la presunta comisión de los delitos de Prevaricato por Acción y Fraude Procesal, tras haber dictado Resolución de Acusación, en contra del Juez Sexto Laboral del Circuito de Cartagena, Armando Parodi Medina, la Veeduría de la Rama Judicial de esta ciudad, presentó denuncia penal contra la Fiscal Delegada ante el Tribunal de Bogotá, Olga Lucía Tristancho Suárez.
El togado, según la sentencia, terminó condenado por los delitos de Prevaricato por acción y Tentativa de Peculado por Apropiación, encontrándose por parte de la Veeduría, suficientes méritos para presentar denuncia penal a la representante del ente investigador, por hechos presumiblemente irregulares, en el desarrollo del proceso penal que involucran directamente a la Fiscal en mención y que termino con la condena del ex impartidor de justicia Armando Parodi, quien se encuentra privado de la libertad desde el 22 de enero de 2018.
LOS HECHOS
Armando Parodi fue nombrado en provisionalidad Juez Sexto Laboral del Circuito de Cartagena, en remplazo de Avis Enoth Gil Barrios. Esto para la fecha 16 de noviembre de 2004. Se conoció para esa fecha de un proceso laboral en contra de la Nación por parte de 40 extrabajadores de Foncolpuertos. El juez titular ordenó mediante auto el pago y medida cautelar de embargo y secuestro de los dineros de la Nación.
Parodi Medina cuando solo tenía aproximadamente tres meses de estar en ese ese cargo profirió un Auto de fecha 4 de febrero de 2005, negando el Recurso de reposición del Auto fecha 12 de noviembre de 2004, impetrado por el apoderado judicial del demandado Ministerio, en ese Proceso Ejecutivo Laboral, y en subsidio concedió el recurso de apelación sobre tal auto; el cual posteriormente fue revocado por la Sala Laboral del Tribunal de Cartagena, Bolívar, donde se abstuvo de compulsar copias por dichos delitos, en contra de Armando Parodi Medina, por considerar que hubo una errada interpretación de las normas del Decreto 1211 de 1999.
Para la Veeduría es claro, que la Fiscal 56 Delegada ante el Tribunal de Bogotá, al utilizar en forma fraudulenta la Resolución de Acusación, en contra de los mencionados condenados, para obtener sentencia condenatoria contraria a la ley, a sabiendas, que en un caso sobre similares hechos y derechos, les había precluido la investigación a los mismos acusados; además indujo en error a los falladores, presumiendo la existencia de pruebas para condenar, y basando su acusación de presunción del dolo, en el hecho de la supuesta terquedad del ex juez Parodi Medina.
“Consideramos que la representante del ente investigador incurrió presuntamente en el delito de prevaricato por acción cuando dictó la resolución de acusación de 31 de enero de 2012 por medio de la cual acusa a Armando Parodi Medina del delito de prevaricato por acción y peculado en favor de tercero en su modalidad de tentativa. Pues manejó diversos criterios jurídicos en situaciones idénticas. Faltando al debido proceso, a los derechos a la igualdad, al principio de imparcialidad”, sostiene la veeduría.
El otro delito, precisa la veeduría en la demanda, por el que se denuncia a la Fiscal 56 se da debido a que la Fiscal con la resolución de acusación de 31 de enero de 2012 que es manifiestamente contraria a la Ley habría inducido en error a los Magistrados del Tribunal Superior de Cartagena Sala penal y a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia Sala Penal.
Esto Toda vez que, al proferir la Resolución de Acusación, de fecha 31 de enero de 2012, en contra de Armando Parodi Medina y Avis Enoth Gil Barrios, contradijo lo fundamentado por ella misma, en la Resolución de fecha 19 de Mayo de 2011, donde precluye la investigación por atipicidad de la conducta a ARMANDO PARODI MEDINA y AVIS ENOTH GIL BARROS. Radicado No.17564, por los delitos de Prevaricato por Acción y Peculado por Apropiación, por hechos similares, en contra de los mismos condenados.
Vale recordar, que la fiscal Tristancho, fue quien interpuso una acción de tutela a fin de no pagar el impuesto solidario para sueldos altos ordenado por el gobierno. Argumentó que tiene obligaciones y un juez le dio la razón.
Olga Tristancho Suárez es una de las funcionarias públicas mejor pagadas del país. Su cargo como fiscal 56 Delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá le representa un ingreso mensual de $28’976.949. Aunque gana más que la alcaldesa de Bogotá Claudia López, el gobernador de Cundinamarca, Nicolás García, el director de la Dian José Andrés Romero, entre otros altos funcionarios, la fiscal le dijo a la justicia que su salario no le alcanza.
Por eso se opuso a que le descontaran el impuesto solidario de COVID-19 decretado por el presidente Iván Duque al inicio de la pandemia y que grava los sueldos más altos del Estado, es decir aquellos iguales o superiores a $10 millones. Así las cosas, enfiló baterías en contra de Marcela Yepes, directora ejecutiva de la Fiscalía General de la Nación e interpuso una acción de tutela