
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, Sala de Decisión Penal, declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por la defensa de los señores César del Cristo Ramírez Meza y Gianfranco Ramírez Marsiglia, directivos de Cheverísima Stereo, en contra del Juzgado Segundo Promiscuo del Circuito de Mompox.

La acción de tutela fue presentada bajo el argumento de una presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia. Sin embargo, el Tribunal determinó que las objeciones planteadas por los accionantes debían resolverse dentro del trámite ordinario del proceso y no a través de este mecanismo constitucional, señalando que la defensa no logró demostrar la existencia de un perjuicio irremediable que justificara su procedencia excepcional.
Con esta decisión, se confirma la realización de la audiencia programada para el próximo 17 de febrero, en la que se continuará el proceso judicial en contra de los mencionados directivos, quienes enfrentan acusaciones por los presuntos delitos de fraude procesal y falsedad en documento.
El Tribunal también subrayó que el juez constitucional no puede interferir en la competencia de otras instancias judiciales, por lo que los cuestionamientos sobre la admisión o exclusión de pruebas deberán ser debatidos en el marco del proceso penal en curso.
Las autoridades judiciales han reiterado su compromiso con la garantía de un proceso transparente y en estricto cumplimiento de la ley.