
Por no contar con la autorización de la plenaria del Concejo Municipal para suscribir el convenio con la Anuar y desarrollar el concurso de personero, la escogencia del actual titular, Ricardo Contreras, se caería en los próximos días de acuerdo con un pronunciamiento de la Procuraduría general de la Nación.
Así quedó evidenciado en un documento solicitado a la agencia del ministerio público frente a la actuación realizada por el ente disciplinario en torno a la escogencia y posterior posesión del personero de este municipio.
La procuraduría señala en su informe que: “se remitió comunicación al Concejo Municipal de Talaigua Nuevo señalando que el concejo suscribió la convocatoria con la Corporación Universitaria Autónoma De Nariño-Aunar para el desarrollo del concurso de personero sin autorización de la plenaria de la corporación, recordándole la normatividad vigente y sugiriendo que de comprobarse la situación, dejar sin efectos el acto administrativo de convocatoria (revocatoria) y citar nuevamente a la plenaria de la corporación para que proceda a emitir la autorización respectiva, y posterior a ello se expida una nueva convocatoria con el lleno de los requisitos legales”
Así mismo señalo, que al no contar con las respectivas autorizaciones, se podría estar incurso en causal de nulidad del acto administrativo de convocatoria, de conformidad con el artículo 137 del CPACA, el cual señala que toda persona podrá solicitar por sí, o por medio de representante, que se declare la nulidad de los actos administrativos de carácter general cuando hayan sido expedidos con infracción de las normas en que deberían fundarse, o en forma irregular, o mediante falsa motivación, o con desviación de las atribuciones propias de quien los profirió.
En el escrito solicitado y entregado directamente por la Procuraduría General de la Nación, – teniendo en cuenta que a la Provincial se le solicito y nunca entrego-, hay un amplio y detallo informe de su actuación que viene desde el mes de octubre del año anterior, en donde de manera preventiva, informa a los cabildos locales la forma que se debían desarrollar estos concursos de escogencia de personero, pero al parecer los cabildantes obviaron el cumplimiento de lo allí estipulado.