
Luego de la presentación al Comité de Gestión de Riesgo, del nuevo comandante del Cuerpo de Bomberos de Magangué y ante el inicio de las funciones del nuevo equipo de bomberos voluntarios, la Alcaldía de Magangué se permite informar a la opinión pública que en virtud de lo establecido en la Ley 1575 de 2012 en su artículo segundo y como responsable y conductor del proceso de la gestión del riesgo contraincendios como servicio público y esencial a cargo del estado le corresponde a esta Alcaldía Municipal velar porque los establecimientos públicos y privados abiertos a públicos cumplan con los mínimos requisitos de seguridad humana y contraincendios establecidos en la Resolución 0661 de 2014.
En virtud de lo anterior y para garantizar un espacio seguro en el Municipio, ha expedido el Decreto No 389 del 28 de Agosto del 2018 donde se establecen y regulan las condiciones, tarifas y requisitos para que se realicen las inspecciones de seguridad humana y contraincendios de que trata el Artículo 7° de la Ley 1796 de 2016, la cual modifico el Artículo 42° de la Ley 1575 de 2012.
Se les informa a los interesados en este trámite, que debe radicar la debida solicitud por escrito en la sede de la Alcaldía en el despacho de la Secretaria General y allí se le dará el respectivo trámite.
No existen personas autorizadas para llegar a los establecimientos de comercio a realizar inspecciones de seguridad humana y contraincendios haciéndose pasar como miembros del Cuerpo de Bomberos Voluntario de Magangué.
Desde ya la Alcaldía realiza jornadas pedagógicas con el comercio y la comunidad en general aclarando estos temas.