Las investigaciones penales que en los actuales momentos adelanta la Fiscalía por los sonados casos de las contrataciones irregulares entre ellas, tramos de la Ruta del Sol Dos, va a tomar un giro inesperado, por la menos en la opinión pública de los colombianos y ya ha comenzado a gestarse la idea que los fallecimientos de Jorge y Alejandro Pizano fueron producto de asesinatos, expectativa creada por el dictamen recientemente dado a conocer por los medios de comunicación sobre la causa de muerte del arquitecto, Alejandro Pizano en lo cual el médico legista tras practicar necropsia a su cadáver, dictaminó causa de muerte, cianuro, desde luego fue atinado dicho concepto porque a dicho galeno no le consta si hubo o no envenenamiento u homicidio alevoso.
Casos que presentan situaciones no fáciles de comprobar en relación a la existencia de estos dos supuestos delitos y más difícil sobre autores materiales e intelectuales que hayan participado en los mismos. Que para aclarar estos confusos hechos es necesario que estas investigaciones queden a cargo de expertos investigadores.
En un estado social derecho, así lo pregona nuestro carta magna es de predominante gestión investigativa en estas circunstancias no claras, acreditar quién o quiénes fueron los que envenenaron a Alejandro Pizarro con cianuro para de esta manera la Fiscalía pueda imputarle el delito de homicidio alevoso (traición) y caben muchos interrogantes de la que deben hacerse los sabuesos de estos crímenes; se trató de un suicidio, que no es descartable y sabiéndose que el suicidio en nuestra legislación penal, no es delito en tono a todas las legislaciones penales del mundo por la sensata y lógica razón que no hay a quien investigar, ni a castigar y es por ello que solo es delito, la inducción o ayuda al suicidio, a guisa de ejemplo, quien suministra revólver o cuchillo al otro para que se mate, el que por medio o en forma eficaz incita a una persona deprimida que no hay otra solución a su problema, que la de quitarse la vida.
¿Según lo ha relatado la prensa, el recipiente con el veneno estaba colocado sobre un escritorio o por lo menos encontraron una botella contentiva del supuesto cianuro en la que se supone que fue la que bebió Alejandro Pizano, quien lo puso en ese sitio?, la misma víctima después de ingerirla?, caso en el cual y para repetir no habría delito o fue otra persona que por olvido o descuido dejó el tóxico en ese lugar y como consecuencia habría que atribuir si identifican los investigadores quien fue el de esa omisión, homicidio culposo, siempre y cuando que de la circunstancias que rodearon el hecho de por comprobado que Alejandro ignoraba que la botella contenía sustancia venenosa o puede existir la posibilidad de un homicidio doloso a lo que muchos llaman intencional, que no es lo mismo, ejemplo: una persona que convive en la casa donde se dieron los hechos sabiendo que Alejandro Pizano acostumbra llegar a la casa o a la oficina a hidratarse con agua o gaseosa o con cualquier otra sustancia hidratante haya puesto la bebida en un lugar para que pudiera ser vista por la víctima y la agarrara y la tomara.
Por el momento lo que sí está completamente claro, es que las dos muertes no tienen ninguna relación de conexidad. Primero por la opinión del perito médico legista que el deceso de Jaime Pizano fue a consecuencia de un infarto del miocardio y el fallecimiento de Alejandro su hijo fue por otra causa, según concepto igual del médico legista, cianuro, causas opuestas, a no ser y no soy persona autorizada para dar un concepto sobre el tema que se haga un estudio de tejidos u órganos del cadáver de Jaime Pizano y se establezca la presencia de residuos de este veneno y que con cierta cantidad de cianuro pueda dar lugar a un infarto de miocardio, evento en el cual si podría haber una relación de conexidad entre las dos muertes.
Adicionalmente para descartar dicha conexidad respecto a Alejandro Pizano no mediaba motivo para que fuera asesinado con cianuro por lo menos en relación al caso de los contratos donde no era testigo ni siquiera potencial, recuérdese como lo ha comentado la prensa que esta persona se encontraba desde hace mucho tiempo en España y que solo llegó a Colombia para asistir al sepelio de su padre dado el día jueves 8 de noviembre, en cambio Jorge Pizano su padre si era testigo en lo que tenía que ver con los contratos de la Ruta del sol Dos, sin embargo su causa de muerte fue orgánica o natural, hasta el momento.
Seguimos con la mala costumbre de utilizar la duda y la presunción de inocencia de manera equivocada, a la inversa, según una mayoría de opiniones, en estas situaciones la duda y la presunción de inocencia no favorece, sino que perjudica y ahora para el colmo quieren involucrar al Fiscal General de la Nación por nada, sin tener la más mínima prueba para ello.