La norma fue sancionada por el Jefe de Estado el pasado 11 de julio y establece que “a partir del primero de enero de 2021 se prohíbe explotar, producir, comercializar, importar, distribuir o exportar cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados en el territorio nacional”.
Este miércoles, en las horas de la mañana, el Presidente Iván Duque presentará en la Casa de Nariño la Ley 1968 de 2019, que prohíbe el uso del asbesto en el territorio nacional a partir del 1° de enero de 2021.
La norma, aprobada por el Congreso en la legislatura pasada, fue sancionada por el Jefe de Estado el pasado 11 de julio y establece que “a partir del primero de enero de 2021 se prohíbe explotar, producir, comercializar, importar, distribuir o exportar cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados en el territorio nacional”.
Sobre la ley
La ley otorga al Gobierno Nacional un período de cinco años, contados a partir de la promulgación, para formular una política para la sustitución del asbesto instalado.
Así mismo, estipula que a partir de la expedición de esta ley no podrán otorgarse concesiones, licencias, permisos o prórrogas para la explotación y exploración de asbesto en el territorio colombiano.
Igualmente, se establecen sanciones para las personas naturales o jurídicas que continúen con la explotación, producción, comercialización, importación, distribución y/o exportación de cualquier variedad de asbesto y sus derivados.
La misma ley crea la Comisión Nacional para la Sustitución del Asbesto, conformada por delegados de los ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Salud y Protección Social, Comercio, Industria y Turismo; Minas y Energía, y Trabajo, así como de Colciencias, un veedor ciudadano y un representante de las universidades, para supervisar el efectivo cumplimiento de la sustitución de ese material.
Finalmente, establece la Ruta de Atención Integral para Personas Expuestas al Asbesto, que ofrecerá información y orientación acerca de los derechos, medidas y recursos con los que cuentan los afectados, así como los exámenes médicos y legales para su diagnóstico y tratamiento.