Conductores de vehículos particulares que sean sorprendidos prestando servicio público de transporte, sin justa causa, podrían quedar sin licencia de conducción hasta por 25 años.
El Ministerio de Transporte expidió una circular en la que reitera a las autoridades de tránsito del país que podrán suspender y cancelar la licencia de conducción a los conductores que violen el artículo 26 de la Ley 769 de 2002 y reincidan en la prestación del servicio público de transporte con vehículos particulares sin justa causa.
”Existe una correlación trágica entre la ilegalidad y la siniestralidad vial y desde el Ministerio de Transporte debemos promover la transparencia en todas las actuaciones de los actores viales”, manifestó la ministra de Transporte, Ángela María Orozco.
La Circular reza: “se suspenderá la licencia de conducción por prestar servicio público de transporte con vehículos particulares” y en caso de reincidencia y una vez cancelada la licencia de conducción el conductor solo podrá volver a solicitarla pasados 25 años.