Las Empresas Sociales del Estado (Hospitales Públicos) son responsables de la prestación del servicio de salud, un derecho fundamental y servicio público a cargo del Estado.
Sus recién nombrados Gerentes de los niveles departamental, municipal y distrital, administrarán estas instituciones hasta el 31 de marzo de 2024. Algunos ocupan sus cargos desde el pasado 1° de abril y otros iniciaron el 1° de mayo, conforme a lo dispuesto en Decreto Presidencial 491 de 2020 que extendió los periodos de los anteriores gerentes por el término de un mes.
Desde que la Ley 100 de 1993 transformó los hospitales públicos en Empresas Sociales del Estado, todas las normas en materia de selección de sus Gerentes coincidían en que estos cargos serían provistos mediante concurso de méritos. En la legislación colombiana los criterios de méritos, calidades personales y capacidades profesionales constituyen los elementos sustantivos de los procesos de selección del personal que integra la función pública, tal como lo define la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público y la gerencia pública, sin embargo, los gobernantes y legisladores del país, al parecer no comparten este concepto en el caso de las ESE’s.
En 2016, mientras Colombia entera se debatía candentemente entre la reforma tributaria que incrementó el IVA de 16% a 19%, el acuerdo de paz con la guerrilla de las FARC y el plebiscito nacional, el gobierno sancionó la Ley 1797, cuya temática principal fue el flujo de recursos al sistema de salud, pero sutilmente acuñó en su artículo 20 la disposición que ordena que los gerentes de Empresas Sociales del Estado serían nombrados por los alcaldes y gobernadores de manera directa, o dicho de manera coloquial “a dedo”, pues la única exigencia es que sean estos jefes de entidades territoriales quienes, bajo su criterio, verifiquen los requisitos para el cargo y evalúen sus competencias.
Así las cosas, son los alcaldes y gobernadores quienes preseleccionan, evalúan y nombran. Este revés en la selección meritocrática puso fin a las frecuentes disputas “Gerente Vs. Alcaldes y Gobernadores”, al suprimir los concursos que ponían en riesgo el mando absoluto del jefe del ente territorial. ¡La meritocracia ha quedado en los anales de la historia!
La administración de la salud quedó expuesta en todos sus niveles de complejidad.
Las Empresas Sociales del Estado podrían pasar de ser la entidad especial con autonomía administrativa y financiera a cargo de garantizar la vida de los 2 colombianos, a ser una extensión más de la administración territorial, y en el peor de los casos, a ser las nuevas cajas menores y proveedoras de favores políticos.
Es de preocuparse que, en medio de la emergencia por COVID-19, muchos casos en los que los gerentes fueron designados bajo esta nueva modalidad, dieron en estos 30 días una muestra de lo que serán los próximos 4 años en sus administraciones: Gerentes con conocimientos escasos o casi nulos de administración ni gestión, pagos discriminatorios a trabajadores y proveedores según su filiación, declaratorias de insubsistencia injustificadas, reformas estructurales sin estudio previo, inobservancia de las normas, contrataciones sin el lleno de los requisitos y el muy popular “yo pago desde que me posesioné hacia adelante”. Como resultado de ello, en tan sólo 30 días, ya algunos acumulan ungran número de tutelas y denuncias en su contra.
¿Nos encontramos entonces ante la generación de gerentes de hospitales sin méritos?
¿Es ésta la administración pública que no necesita administradores públicos?
¿Tan sencillo es administrar la cosa pública en un hospital?
El impacto en la salud de los colombianos en los próximos 4 años, dará respuesta a estos interrogantes