
Después de un corto tiempo de no escribir, reinicio esta labores, escogiendo el diario Magangué-Hoy para estos fines, periódico que desde hace más de cinco años me ha dado el espacio con mucha generosidad para escribir artículos de diversos temas; ahora, desde el departamento del Tolima, he elegido este artículo de temas jurídicos, equivocaciones jurídicas.
Es costumbre en las audiencias escuchar abogados litigantes, incluso Jueces y Fiscales, a estas alturas no saber los diferentes significados que contienen expresiones o vocablos gramaticales y jurídicos. Más de las veces las expresiones gramaticales contenidas en normas del Derecho, en especial del Derecho Penal, tienen el mismo significado, otras no, una cosa es el significado gramatical y otra cosa que el mismo vocablo contraiga un significado jurídico diferente; a manera de ejemplo: se suele escuchar en las audiencias públicas de parte de abogados, Fiscales y Jueces que fulanito de tal mató a la víctima por motivo abyecto o fútil; indistintamente, vale decir, creen equivocadamente que ambos vocablos tienen el mismo significado gramatical y jurídico, cuando no lo tienen, esa ”o” evidencia que no significan los mismo, una cosa es matar por motivos abyectos y otra situación hacerlo por motivo, fútil. A título de ejemplo, matar por motivo abyecto, porque un pordiosero le pidió una limosna a un iracundo sujeto y por eso lo mata, encierra dicho vocablo por lo tanto y quien así procede, factores perversos adicionales de su personalidad de quien en comparación proceda a matar también igual reprochable por motivo fútil, además de insignificante que constituye el pedir una limosna, refleja en las condiciones personales del autor una deshumanización total, que ni siquiera lo conmueve lo que sucede en condiciones normales, la situación lamentable de una persona que por no contar con medios para sobrevivir se ve obligado a solicitar una limosna para por lo menos adquirir algo para alimentarse, distinto, quién mata a una persona por motivo fútil resulta repudiable privar de la vida a una persona por razones insignificantes que es lo que significa, fútil o baladí y otros vocablos gramaticales que tienen igual significado a la par que jurídico, verbi gratia, matar a una persona porque al pasar donde estaba situado una persona, halagó a su novia diciéndole hermosa, o chula, o le guiñó el ojo, desde luego son motivos que no justifican la muerte de un ser humano, pero entre uno y otro vocablo existen notas diferenciales en cuanto a su significado, matar a una persona porque carece de una de sus extremidades, constituye motivo abyecto, lo que es igual, innoble, descender del carro y con pistola matar al conductor del carro de atrás porque le pitó para que acelerara el paso, constituye motivo baladí, es importante saber lo que significa una y otra expresión porque dependiendo de su comprensión, así será la técnica jurídica con que se utilice en las audiencias públicas y esa falta de comprensión es lo que está dando lugar a que abogados se equivoquen en el uso de estas dos expresiones, hablan que matar por motivos fútiles a una persona cuando realmente dadas las circunstancias que se presenta lo fue por motivo abyecto, aun cuando por uno u otro motivo para matar, la pena de prisión para el autor es la misma de acuerdo a la ley penal colombiana de 25 a 40 años de prisión, pero cuanto el togado da uso correcto a una u otra palabras, luce de quien sabe técnicamente realizar la distinción de uno y otro termino, y a los ojos de los espectadores entendiéndose que las audiencias son públicas de la que pueden asistir cualquiera que quiera estar presente, al adquirir la buena percepción que si es un Fiscal quien así lo hace, saldrá con satisfacción al sentir que la sociedad del sector donde presta el servicio ese Fiscal, está bien representada la justicia a manos de ese Fiscal.