
El ministro de Salud Fernando Gómez Ruiz explicó que ya existen en el país pruebas rápidas con diagnósticos inmediatos sobre coronavirus que pueden y deben hacer las EPS e IPS del país en los domicilios o las clínicas.
«La circular 19 se expidió el día de ayer para garantizar los lineamientos y los usos específicos para las pruebas rápidas en el país. Se busca que las EPS e IPS puedan ofrecerlas dentro de su paquete de servicios para el Covid-19», explicó el jefe de la cartera de protección social.
«También se indica cómo se deben considerar y cuál es su relacionamiento con las pruebas de laboratorio que actualmente se están utilizando», agregó.
También precisó cómo es el funcionamiento de este procedimiento: «La prueba rápida puede ser realizada personalmente, por el médico, por la enfermera, en un ámbito domiciliario u hospitalario, y da un diagnóstico inmediato sobre la existencia o no del coronavirus. Esta prueba es indicativa y puede ser confirmada posteriormente».
Frente a las razones por las cuales no se aplicaba antes estas pruebas, Gómez señaló: «Lo que estábamos esperando hace semanas era la aprobación de esta prueba por parte de la FDA (Food and Drug Administration), con el objetivo de dar una garantía a la población que que las pruebas son adecuadas para su uso a nivel nacional. Realmente esta aprobación se dio al inicio de esta semana para el primer paquete de pruebas y ya con esa tranquilidad podemos hacer uso de un procedimiento expedito para su aprobación y extensión al interior del país».
Acerca de las bondades de este mecanismo, el ministro indicó que «el beneficio principal es dar a la población la tranquilidad de que existe una posibilidad de establecer de forma rápida si hay una afectación por el virus. Esta posibilidad se da dentro del ámbito también del Sistema de Salud y por esa razón se ha incluido parte de esas pruebas en el POS y parte en el sistema de recobros, para poder garantizar que a las EPS e IPS se les haga el respectivo pago por la prueba».