
En segunda instancia, los togados absolvieron al exmandatario departamental en un proceso por el delito de prevaricato por omisión.
Luego de un largo proceso judicial de casi 14 años, hay una decisión frente al proceso contra el exgobernador de Bolívar, Joaco Berrío, por el escandaloso caso de los mercados que aparecieron podridos en una bodega, los cuales serían entregados a los damnificados de la ola invernal del 2007 en el departamento.
La Sala Especial de Primera instancia de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia, ratificó su decisión anterior, apelada por la Fiscalía General, y absolvió a Berrío Villarreal del delito de prevaricato por omisión en torno al proceso por la pérdida de los mercados.
Hay que recordar que por este caso dos exfuncionarias de la Gobernación de Bolívar fueron condenadas a cinco años de cárcel, pues en los expedientes se indica que estas mintieron al certificar que los mercados habían sido entregados en su totalidad a finales del 2007, antes que Berrío asumiera como gobernador en el 2008.
“Estaban las cuentas, pero que no se entregaban las actas de entrega para poder pagar. Posteriormente, se presentan las actas, pero eran falsas. Como teníamos la duda, denuncié a la almacenista y la interventora de los contratos por falsedad en documento público, porque con esas actas sí teníamos que pagar las cuentas”, afirmó el exgobernador.
El caso se cierra con la decisión de la Corte aún no está cerrado, luego que la Fiscalía haya apelar la absolución en primera instancia del delito de prevaricato por omisión al no entregar los mercados que habían sido comprados por la administración anterior a la suya.
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia concluyó, que, si bien se está ante un hecho que se adecúa de forma objetiva al tipo penal de prevaricato por omisión, persiste incertidumbre respecto a
la conducta desplegada por JOACO HERNANDO BERRÍO VILLAREAL, pues no se logró arribar a la convicción, más allá de la duda razonable, de que haya obrado dolosamente”, se lee en el fallo.
Fuente: El Universal