La Fiscalía 38 de la Unidad Nacional para la Extinción de Dominio adelanta el proceso de extinción de dominio de prácticamente la totalidad de los bienes que constituyen el patrimonio de la familia de Enilce López Romero: de sus hijos Jorge, José y el exsenador Héctor Julio Alfonso López, demás familiares, e incluso de muchas personas allegadas a este grupo familiar.
Así lo informaron sus abogados a la opinión pública, Manuel Grosso, Andrés Gutiérrez, Diego Muñetón y Luis Muñetón.
Estos bienes fueron objeto de incautación y secuestro, como medida cautelar, por el delito de lavado de activos que les imputan, y que explican los defensores “se encuentra actualmente suspendido ante la postulación voluntaria a la JEP, de la familia”.
La extinción se inició bajo la Ley 793 de 2002, que era la norma vigente para la época en que se produjeron los hechos. Es así que la Sociedad de Activos Especiales (SAE), que tiene la administración de los bienes incautados provisionalmente, ha dispuesto ofrecer en venta algunos de los bienes de los cuales los López son titulares, y otros que pertenecen a las empresas de apuestas Uniapuestas S.A., Aposmar S.A., Aposucre y Unicat, amparándose en la figura de la “enajenación temprana”, que regula el artículo 93 de la Ley 1708 de 2014.
Se oponen a enajenación
Para los defensores y la familia López, “esa decisión de proceder a la “enajenación temprana” de nuestros bienes por parte de la SAE, antes de haber sido vencidos en juicio, es completamente ilegal, porque se ampara en una ley que no existía al momento de la iniciación del trámite de extinción de dominio y no es la ley que se aplica dentro del proceso de extinción que se adelanta en nuestra contra; y la Ley 793 de 2002, que es la que se aplica en el presente proceso, no autoriza la enajenación temprana de los bienes sometidos a extinción por parte de la SAE”.
Para ellos, “desconocer esa ley viola los principios de legalidad y debido proceso, consagrados en el artículo 29 de la Constitución, tal como lo expresó el fiscal del caso en la resolución del 30 de Noviembre de 2018”.
Advierten que “la Corte Suprema de Justicia dice que los procesos de extinción de dominio iniciados durante la vigencia de la Ley 793 de 2002, deberán agotarse íntegramente apegados a esa norma”.
Los defensores de la familia López anunciaron que harán uso de todos los recursos legales y constitucionales para impedir que dichas enajenaciones se produzcan.